Hay quienes consideran que los Derechos Humanos son un cheque en blanco para hacer y no hacer en beneficio personal, sin que la autoridad pueda ejercer una acción coactiva para imponer el imperio de la ley. Sin embargo, es preciso establecer que la norma jurídica es bilateral. Es decir, que tanto establece derechos como impone obligaciones.

En el proceso de la consolidación de la democracia la prensa que no solo da a conocer los hechos cotidianos, sino que también, genera con opinión pública. Se ha considerado como parte fundamental de los Derechos Humanos establecido en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En sus textos del articulado dice:

Artículo 6° La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.

Artículo 7° Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más limites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito.

Si leemos con atención ambos artículos se complementan y ofrecen de forma integral una interpretación del alcance y limitación del derecho de expresión.

Es más que claro que como Derecho Humano en la concepción actual en la materia el Estado está obligado al reconocimiento de la libertad de manifestación de ideas y de la expresión de éstas. La censura, entendida como coacción de la libertad, es inadmisible en la sociedad democrática.

Pero también tenemos, quienes ejercemos este derecho, considerar la gran responsabilidad que conlleva el uso del poder informativo e influencia en la sociedad. Aunque es muy clara la exigencia social de la imparcialidad en los medios, la sociedad debe analizar el contenido y el mensaje de un medio dentro de un contexto de valores e ideología política.

No se debe entonces confundir la imparcialidad con la objetividad. Difícilmente existen medios imparciales. No los puede haber si al final somos los seres humanos, con toda la subjetividad que nos caracteriza, los que producimos, escribimos y desarrollamos las notas en los medios de comunicación. Inclusive como medio se tiene el derecho de tener una postura y defenderla con objetividad, entendiendo ésta como la evidencia y contundencia en la construcción del argumento.

Además, no podemos los periodistas extraernos de la responsabilidad y compromiso social. Los límites para el ejercicio del derecho son claros: ataque a la moral, atentar con los derechos de tercero, que se provoque algún delito o perturbe el orden público, pero también, respetar la vida privada.

El periodista debe entonces circunscribirse bajo estos principios para definir su actuar y su labor periodística. Quien no lo haga es un espurio en el medio.

AL CALCE. El presidente del PRI ha lanzado una cruzada contra la corrupción en aquel partido. Ojalá que llegue su acción hasta el Ayuntamiento de Tekax. Como salido del guion de la película “La ley de Herodes” el “alcalde amoroso” ha tenido la desfachatez de inscribir su nombre en el escudo de mencionado municipio. A esto se suma los escándalos de policías y los trascendidos de una cuenta pública oscura y hasta “moches” que exige a empresarios. Mientras el PRI tiene un gran activo en el gobernador Rolando Zapata Bello, solapar a tan infortunado alcalde es el mayor error que se está cometiendo en Yucatán.


Espero que esta publicación sea de tu interés. Me gustaría seguir en contacto contigo. Por lo cual te dejo mis principales redes para dialogar y comentar los temas de interés para la sociedad y nosotros.