Cito textualmente un fragmento de la nota publicada en la versión electrónica de EL UNIVERSAL:

"Esta segunda joven no denunció los hechos por temor, vergüenza y
sentimiento de culpa, explicó el funcionario, debido a que fue ella
quien invitó a su amiga (la denunciante) a trabajar como edecán durante
el evento en que se presentaría Kalimba, en el Budah-Bar, centro
nocturno localizado en Chetumal, capital de Quintana Roo.

“Aunque ella no denunció, al acreditarse que también fue víctima de
abuso sexual y ser éste un delito grave que se sigue de oficio, pues se
integró a la averiguación previa y es parte de lo que estamos
averiguando y sobre lo que Kalimba debe rendir su declaración”, dijo el
funcionario.

Las dos menores fueron invitadas por un promotor, quien contactó con una
de ellas y les ofreció trabajar como edecanes, sin goce de sueldo, con
el argumento de que su pago consistiría en convivir con el solista."

Las preguntas directas y surgidas de esta información son:

1. ¿Menores de edad trabajando como edecanes en un centro nocturno?
Si en verdad se acredita que tienen la edad de 17 años, evidentemente se
ha comentido una violación no sólo de la persona que los contrato, sino
también del local que aceptó que estuvieran menores de edad dentro de
sus instalaciones. 

2. El pago de una prestación de servicios, como lo es cualquier
función laboral que se desempeñe como lo es el caso de un edecan, no
necesariamente es con dinero. En este caso, según lo que se desprende,
si bien no hay goce de sueldo, si hay un pago, aunque sea de especie,
que crear una relación juridica de trabajo.

3. Si el cantante sabe que en un bar no se puede admitir menores de
edad, mucho menos, en una relación de trabajo, podría alegar un
desconocimiento de la minoría de edad de las demandantes. ¿ En dónde
estaban los inspectores para corroborar la admisión de los asistentes al
bar? Que recuerde en ningún centro nocturno se admiten menores de edad.

4. Además, en la nota se da a entender que ellas sabían de antemano
que pasarían un tiempo con el cantante Kalimba, lo que tampoco excusa un
abuso o violación sexual, sin embargo, en una primera instancia no
acudían con engaños…¿qué tenían que hacer dos jovencitas adolescentes,
menores de edad, conviviendo en la madrugada con un cantante en un
centro nocturno?

5. A lo que me lleva a la conclusión sobre la importancia de la
vigilancia y supervisión que debe ser una tarea de los padres de familia
de estas menores, que a todas luces y ante los hechos, están
desaparecidos y aunque no tengan una responsabilidad legal, si la tienen
moral.

Con estas observaciones no pretende hacer una defensa
irrestricta a favor del cantante, sino poner en la mesa las
inconsistencias legales del mismo caso, y mucho más importante el papel
preventivo de autoridades si hubieran verificado correctamente la
situación del concierto, la responsabilidad jurídica de otros
involucrados y la trascendencia de la vigilancia paternal.

 


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