Se parte del razonamiento que ante la división de poderes, fundamentado en la tesis de Monstesquieu, tenía que haber un "algo" que no solo creara los órganos, sino que estuviera por encima de ellos para el propio control del poder del Estado. Ese algo, es la Constitución, que surgida bajo un poder constituyente crea y delega las funciones de los órganos estatales en ella misma. Es por ello que nada, bajo este principio, hay por encima de la Constitución. Ningún poder, que si bien son autónomos en sus procesos de decisión, al final están limitados en sus funciones por los mandatos del orden legal constitucional. En otras palabras, no son del soberanos ni en esencia, ni en existencia, ya que dependen su existencia y funcionalidad de lo que se dicta en la Constitución.

De la argumentación anterior, resulta un error que los Poderes de la Unión, en el caso de México, hayan incorporado en su léxico político la palabra soberanía. Así escuchamos como el Presidente o en la misma Cámara de Diputados o Senadores se habla de poder soberano; al igual como sucede en las Entidades Federativas, que por simpleza de un pacto federal firmado, se ha reconocido la supremacia de la Carta Magna, de tal manera que cualquier acto jurídico de decisión de los órganos de gobierno, o del mismo legislativo local, no pueden contrevenir los mandatos constitucionales.

Concluyendo toda la argumentación anterior, es necesario precisar que la soberanía, explicada por Felipe Tena Ramírez no es propiamente la titularidad de la soberania en el pueblo como así se manifiesta en la Constitución Mexicana. Historicamente fuimos un pueblo sometido por la conquista que interrumpió un proceso evolutivo natural con la imposición de valores ajenos a los pueblos autóctonos. En el caso de México, una vez siendo independientes sufrimos de la falta de un proyecto nacional que unificará los esfuerzos de todos los mexicanos por el desarrollo social, político y económico. La dictadura de Porfirio Díaz, si bien trajo crecimiento y desarrollo, fue para unos pocos, donde la mayoría sufrió de grandes necesidades.

El Congreso Constituyente de 1917, como un regimen constitucionalista, no quiso desplazar al pueblo de la titularidad de la soberanía, de esa facultad y capacidad de mando que el pueblo ejerce. Pero eso solo queda en un ficción. La promulgación de la Constitución y entrada en vigor el 5 de febrero de 1917 desplazó al pueblo de la titularidad de la soberanía. Quedo la misma Constitución Mexicana como la que en sus principios, dogmáticos y orgánicos, nos aseguran el marco legal que controla la función del Estado, su proceso de toma de decisiones, las funciones y tares de los Poderes de la Unión, los derechos fundamentales del ciudadano en su relación consigo mismo y con el Estado, e inclusive, sus propios mecanismos para la adecuación, modificación y hasta derogación si fuese necesario.

Pero a nota de conclusión, el pueblo sigue creyendo que en nuestras manos se encuentra la soberanía, aunque en la pragmaticidad nunca la ejercemos.


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