En un sistema de gobierno presidencialista de carácter central como lo es México, las facultades y obligaciones recaen en la figura del Presidente de la República, que a su vez, tiene la capacidad de delegar en funciones y tareas en colaboradores, que vienen siendo los Secretarios de Estado. Comúnmente se les ha llamado gabinete, sin embargo el concepto es más extenso en características para ser aplicado al primer nivel de la administración pública mexicana. En los hechos no existe trabajo colegiado, ni está conformado por ministros que fueron puestos por el parlamento, por lo que no hay una verdadera sujeción a la rendición de cuentas al Poder Legislativo. De esta forma no hay ninguna manera de establecer alguna sanción o voto de censura o destitución del cargo. En la práctica los colaboradores del Presidente, los Secretarios de Estado, acuden a sabiendas que no habrá nada en su contra.

Además si aunamos a que la presidencia tiene un control de los medios de comunicación, el camino se allana mucho más. Esto facilita que el ejercicio de la comparecencia produzca resultados mediáticos favorables por el buen cuidado de la imagen final pública de los comparecientes.

Entonces ¿ha servido de algo las comparecencias? ¿Logran el refrendo del compromiso, o por lo menos, la revisión efectiva de las tareas y sus resultados que vitalicen el ejercicio del poder político?

Es muy fácil llegar a conclusiones al respecto. Es por ello que es necesario abrir nuevos espacios o fórmulas que mejoren la relación de colaboración entre los poderes del estado, en este caso el ejecutivo con el legislativo, que al final garanticen una mejor rendición de cuentas orientado a la proyectar avances en la administración pública.

Por lo menos el senador Cleomidio Zoreda ha hecho un planteamiento interesante que va en el sentido de crear, por lo menos, un mecanismo que permita lograr lo anterior. Su propuesta, que implica reformar el Artículo 93 que se relaciona con las reglas de comparecencia, establece la posibilidad de hacer una evaluación crítica de la comparecencia que enviada al jefe inmediato superior del Secretario de Estado, es decir, al Presidente para que de ahí se establezcan los puntos de análisis en las fortalezas y debilidades del trabajo del funcionario público.

Con ello, se tendrá el beneficio de contar con un instrumento que sirva de punto de partida en la evaluación legislativa, que es la representación popular, sobre las tareas y funciones del Poder Ejecutivo. Con el resultado inmediato de comprometer al funcionario federal para asumir la responsabilidad en las facultades y obligaciones que son parte de la naturaleza del cargo que ostentan.


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