La historia no es extraída de una telenovela ni de los famosos talk-shows. Un lunes, como cualquier otro día de la semana laboral acudieron empleados a cumplir con la jornada laboral correspondiente, y se toman la sorpresa que la compañía prácticamente ha desaparecido. En la semana previa los jefes habían notificado que se iba a fumigar las instalaciones, por lo que se dieron días libres. Evidentemente con la intención de aprovechar ese tiempo para desocupar por completo el centro de trabajo, extraer los equipos de cómputo y otros muebles para esfumarse por completo.
Esta es la realidad de quienes trabajaban en una maquiladora de datos electrónicos por una empresa outsorcing o subcontratación hace unos días en Mérida. Desde el sábado en las redes sociales del Facebook conocidos ya empezaban a transmitir los rumores de la desaparición de su centro de trabajo, lo que confirmaron el lunes a primera hora del día laboral. No quedo nada, ningún bien, ningún equipo, sin haber cobrado la parte de la quincena que les correspondía, sin llevarse a cabo un proceso de liquidación acorde a los derechos de los trabajadores.
Lo peor del caso es que los trabajadores ya quedaron totalmente desprotegidos. Muchos más cuando se trata de una empresa extranjera con sede en la Península de Florida. No hay bienes por los cuales se pudiera cobrar. Se percibe que los empleadores conocían bien el marco legal que lo usaron a favor para protegerse a sí mismo.
Esta historia no es única. En la medida que se han permitido la introducción de inversión extranjera con maquiladoras y derivado de las condiciones cambiantes del mercado las historias se han repetido con otras empresas. El resultado es el mismo. Los trabajadores gana el procedimiento, pero dependerá el pago si realmente se pudieron proteger ciertos bienes con los cuales cobrarse el adeudo laboral.
En estos días se discute la reforma laboral. Es cierto que es imposible continuar regulando las relaciones jurídicas laborales del siglo pasado. Las condiciones de la globalización económica distinguen las características laborales actuales.
Una realidad es que en México no existe seguridad laboral. Nadie tiene garantizada una estabilidad en el trabajo. Los procedimientos para demandar justicia en agravios son tardados, ineficientes e ineficaces. Los empresarios extranjeros tiene toda la facilidad de abrir y cerrar empresas a conveniencia sin importarles pagar lo que corresponde en procesos de despido o liquidación.
Por ello es inaceptable que esta oportunidad se pierda la oportunidad para verdaderamente instrumentar una legislación laboral que proteja al trabajador, pero que al mismo tiempo, en equilibrio favorezca la inversión para la generación de trabajos.
Concuerdo con el retroceso que significa darle un tiempo de reclamo a los salarios caídos limitando a un año el derecho de pago. ¿Acaso significará que los procesos laborales realmente se modificarán para que sean dentro de ese mismo período de tiempo?
Aunque también hay situaciones que destacan, y en particular, destacó como es el caso de los trabajos por horas. ¿Cuántos docentes no hay en instituciones privadas de educación que laboran bajo esta modalidad, y con la excusa de completar una jornada laboral completa, carecen de seguridad social y otras prestaciones económicas?
Como sucede ante todo cambio legislativo, hay situaciones buenas y otras que se deben eliminar o modificar o adaptar. Un proceso legislativo en una materia crucial para la vida y el desarrollo económico del país no debe verse tan a ligera y con poco tiempo.
El destino del país no debe estar condicionado por la consigna, sino realmente, en el mejoramiento de las condiciones general que nos permitan un mejor crecimiento y desarrollo económico. Inadmisible ser rehén de los interés de grupo.
AL CALCE. Se afirma que exigir a los sindicatos la obligatoriedad del voto libre y secreto para elegir a los representantes sindicales es violar la autonomía sindicial. Sin embargo, en el actual marco jurídico y en la nueva propuesta hay todo un apartado que regula la vida de los sindicatos desde su definición, tipos, procedimientos para su creación donde se especifican requisitos, hasta de su liquidación. ¿Todas estas reglas no serían igualmente violatorias de la autonomía sindical?
Es claro que se pierde la oportunidad realmente para cumplirle al ciudadano una demanda que consolide la democracia en la vida interna de los sindicatos. Vean el caso del SNTE en Yucatán donde NO SE DEJÓ A LOS MAESTROS ELEGIR A SUS DIRIGENTES LOCALES Y SE OPTÓ POR UNA COMISIÓN QUE RESPONDE MÁS LOS INTERESES DE LA DIRIGENCIA NACIONAL QUE DE LOS MAESTROS DE LA ENTIDAD.
Espero que esta publicación sea de tu interés. Me gustaría seguir en contacto contigo. Por lo cual te dejo mis principales redes para dialogar y comentar los temas de interés para la sociedad y nosotros.