14 de junio de 2024. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló a favor de la vida en Hungría, al rechazar una impugnación que buscaba permitir el suicidio asistido.

Jean-Paul Van de Walle, abogado de la organización ADF Internacional —que intervino en el caso— afirmó que los Estados deben proteger el derecho a la vida y que no existe un “derecho a morir”.

La sentencia de la justicia europea se produjo después de que Dániel Karsai, un abogado húngaro de 47 años y diagnosticado con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), presentara un recurso ante el Tribunal de Estrasburgo por considerar que la legislación de su país viola el Convenio Europeo de Derechos Humanos y, en particular, su derecho a la privacidad y a la eutanasia.

El abogado húngaro deseaba recurrir al suicidio asistido antes de que su estado físico empeorara aún más. Hungría, aclara ADF Internacional. protege la vida de sus ciudadanos, incluidos los vulnerables, penalizando el acto de ayudar a alguien a poner fin a su vida, ya sea que el acto se cometa en Hungría o en el extranjero.

“Aunque empatizamos profundamente con la condición del Sr. Karsai y apoyamos su derecho a recibir la mejor atención y alivio posible, en otras jurisdicciones se desprende claramente que el derecho a morir se convierte rápidamente en un deber de morir”, alertó Van de Walle.

El fallo del tribunal estableció que las autoridades húngaras actuaron en consonancia con la obligación del país, en virtud del derecho internacional, de proteger la vida.

“En lugar de abandonar a nuestros ciudadanos más vulnerables, la sociedad debería hacer todo lo posible para brindar los mejores estándares de atención”, manifestó el abogado de ADF Internacional.

La intervención de ADF Internacional en el caso de Dániel Karsai v. Hungría

En su presentación ante el tribunal, ADF Internacional advirtió sobre los peligros y abusos que inevitablemente surgen cuando se elimina cualquier amparo jurídico a la vida. Esto, explica la organización, “crea un escenario peligroso en el que se presiona a las personas vulnerables para que pongan fin a sus vidas por temor (ya sea justificado o no) de ser una carga para sus familiares, cuidadores o para un Estado con escasez de recursos”.

El Tribunal de Estrasburgo precisó que “no hay fundamento” para aconsejar a los Estados miembros, y mucho menos se les exige, que proporcionen acceso a la eutanasia.

“El suicidio es algo que la sociedad considera, con razón, una tragedia que debe prevenirse y lo mismo debe aplicarse al suicidio asistido. Cuidar, no matar, debe ser el objetivo por el que todos nos esforzamos”, afirmó Van de Walle.

“Una vez que nosotros, como sociedad, abrimos las puertas al asesinato intencional, no hay un punto de parada lógico. ¿Cómo distinguimos entre la persona a la que convencemos de no lanzarse del puente y la persona a la que dejamos morir a manos de su médico? El Estado está obligado a proteger el valor fundamental de la vida humana. No debemos poner en marcha cambios legales que socaven esta obligación en detrimento de toda la sociedad”, concluyó.

Boletín de ACI PRENSA


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