La educación cívica debe, en una primera instancia, consolidar en los estudiantes de los valores que se requieren para saber vivir en un país democrático, donde el respeto y la participación activa deben ser el fundamento para crear condiciones de mejoramiento social, económico y político.
Uno de los grandes males que aqueja la vida pública que ha pervertido el interés general es la corrupción.
Una persona con conciencia cívica es capaz de pensar no solo en la satisfacción de las necesidades básicas y primarias, sino que además es empático con el otro, con la problemática social, por lo cual, se convierte en un agente activo para el cambio y el mejoramiento de los retos sociales.
Sin embargo, parece que vamos en un sentido inverso cuando desbalanceamos el equilibrio entre los Derechos y las Obligaciones en aspectos como la aplicación de una disciplina que se manifiesta y concreta en el reglamento escolar.
Ahora resulta que, contra el desarrollo del respeto a un sistema normativo que se convierte en fundamento para la paz y la armonía social, por un malentendido y peor aplicación de los Derechos Humanos se deja de exigir normas básicas de comportamiento que han tendido a consolidar los hábitos de una buena personalidad y su integración a la dinámica social.
Para la convivencia social, aún y a pesar de la diversidad cultural y social, es importante y trascendental el cumplimiento de códigos, pautas y normas sociales como es la vestimenta y el lenguaje apropiado en función de los contextos sociales. Uno espera que un profesionista genere confianza en su vestir, su manera de comportarse, de hablar y de desenvolverse. Muy difícilmente estaría cómodos cuando estamos ante un profesional que dista y se aleja de características que propician una buena impresión y percepción de su conocimiento y preparación.
Hoy muchos defensores de la “libertad del individuo en el crecimiento integral y de su personalidad” van contra muchas normas establecidas en las instituciones educativas por considerar retrógradas y anacrónicas. Ejemplo de ello es la flexibilización de la vestimenta, el cuidado con el corte de pelo y uso de accesorios en el contexto educativo.
Si nos extendemos a los hechos sociales es muy claro que hay situaciones que no abonan para un correcto y pertinente comportamiento en un contexto específico. No podrías, por ejemplo, estar de mantada de madre en una iglesia o centro religioso como en un espectáculo de cultura como sí lo podríamos hacer en un escenario donde tal comportamiento puede ser más tolerado.
¿Qué tipo de ciudadano queremos formar cuando solo enfatizamos la balanza en los llamados derechos humanos y nos olvidamos de las obligaciones inherentes a éstos?
Urge salir de la indiferencia y afianzar la institucionalidad de las normas, la importancia del balance entre los DERECHOS y las OBLIGACIONES. No debemos dejar crecer la sensación que se tiene derecho a todo sin dar nada a cambio, sin estar o sentirse obligados a corresponderle a la sociedad.


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