Hace ocho días con motivo al informe de actividades del Poder Judicial de Yucatán, el magistrado presidente del Tribunal Superior destacó con números objetivos los beneficios del nuevo sistema penal acusatorio. En forma exclusiva nos confirmó que si se puede confiar en la impartición de justicia por considerar que las cosas se están haciendo bien, con transparencia y compromiso en la defensa de los Derechos Humanos en los casos que les toca resolver.

Sin embargo, a la población les resulta difícil entender y comprender los beneficios del nuevo sistema acusatorio penal. El punto central es la percepción de que no hay un castigo ejemplar para los delincuentes.

Poco se ha podido entender que el sistema procura fundamentarse bajo el principio de la “justicia restaurativa” que va más allá de la sanción punitiva y corporal. El ciudadano que es agredido por un delincuente en su persona o en su patrimonio es claro que demanda un castigo ejemplar, la mayor de las sanciones posibles. Espera contar con ello de la tranquilidad y la certidumbre legal de la impartición de la justicia.

Ahora se pretende cambiar la cultura jurídica penal. La justicia restaurativa plantea que el crimen o delito es fundamentalmente un daño en contra de una persona concreta y de las relaciones interpersonales. Diferente de la concepción clásica o convencional que tiene carácter retributivo, que plantea que el delito es una lesión de una norma jurídica, en donde la víctima principal es el Estado.

Por lo tanto se dice que los derechos de la víctima deben estar protegidos enmarcados en un ambiente de respeto a los Derechos Humanos para todas las partes intervinientes: tanto quien acusa como el presunto responsable de una conducta delictiva. Pero lo importante y fundamental es que al final se repare el daño causado por el responsable de la acción.

En la práctica estamos viendo que ese principio restaurativo parece que no se cumple de forma cabal. Ejemplo la liberación, aunque con medidas cautelares que limitan el ejercicio de los derechos, de quien se le ha acusado de robo en el fraccionamiento de Los Héroes. El caso se caracteriza por ser ejecutado por un vecino que vigiló y encontró el mejor momento para abrir un boquete en el muro, entrar y sustraer las pertenencias, desinstalar y romper los cables de un sistema de cámaras de seguridad. La familia víctima del atraco hoy se encuentra insegura por las amenazas de los parientes del presunto responsable que alegan ya conocen todos movimientos del esposo, esposa e hijos. Además, este sujeto que en su casa mantenía en resguardo las pertenencias hurtadas trabaja en una empresa de seguridad de plaza.

Pero al parecer todos esos elementos no fue suficiente para el juez de control que aunque vinculó al proceso al presunto responsable, y por lo tanto es sujeto a un proceso penal, no le dictó prisión preventiva y lo dejo libre bajo ciertas reservas de ley como son el firmar “cada mes” y no salir del Estado.

¿Es suficiente para asegurar a la familia víctima la certidumbre legal en la impartición de la justicia? ¿En dónde está la verdadera y genuina protección de los derechos humanos, fundamentales y constitucionales de la víctima?

Aunque se dice que el sistema acusatorio se fundamenta en la reposición del daño para la víctima, el monopolio de la acusación sigue estando en manos de la fiscalía o procuraduría – estatal o federal respectivamente –, un esquema que corresponde al modelo de la justicia retributiva que ya debe estar en desuso.

¿A quién le debemos entonces que hoy un presunto criminal que actuó con toda premeditación – que lo convierte en delito de robo calificado – se encuentre libre? ¿Qué es lo que puede pensar la ciudadanía afectada o conocedora de esta lamentable situación? ¿Qué estamos solos a la merced de la delincuencia sin instituciones de procuración e impartición de justicia de lado de las víctimas de los delitos?

No me queda duda que el proceso penal acusatorio es el camino correcto, pero también se hace el llamado a las autoridades de procuración e impartición de la justicia que no se desvíen en la defensa de los derechos de las víctimas. No hay necesidad de caer en violación de los derechos humanos si los procesos se ejecutan conforme a la ley contra lo que violentan la paz y la armonía social demeritando los derechos de las familias honestas de Yucatán, víctimas de los delitos.


Espero que esta publicación sea de tu interés. Me gustaría seguir en contacto contigo. Por lo cual te dejo mis principales redes para dialogar y comentar los temas de interés para la sociedad y nosotros.

 

 

 

 

Escribe tu comentario para FacebooK